Sobre Condominios.

 

🏱 Fundamento Legal del Régimen en Condominio.

En el Estado de Jalisco, el régimen de propiedad en condominio está respaldado por una sólida base legal. Desde el Artículo 1001 al 1038 del Código Civil de Jalisco, se establece el marco jurídico que regula esta forma de propiedad, definiendo derechos, obligaciones y procedimientos para su constitución y administración.

 

Para bahía de Banderas,  esta la Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio de Bienes inmuebles para el Estado de Nayarit.

Este conjunto de artículos constituye la base fundamental sobre la cual se organiza cualquier condominio en la entidad. Es importante destacar que ningún reglamento interno o disposición administrativa del condominio puede estar por encima de lo establecido por la ley. El respeto a este marco legal garantiza la convivencia armónica, la protección de los derechos de los condóminos y la correcta operación del inmueble.

Protege tu Inversión desde el Primer paso.

Es importante que un Abogado en el sector Inmobiliario te asesore para poder determinar si ese condominio en el cual piensas invertir tu patrimonio, esta sano en materia de adeudos, cuotas de mantenimiento, que sus asambleas esten debidamente protocólizadas, que las cuotas de mantenimiento esten aplicadas a los proyectos y necesidades del condominio para cubrir, mantenimientos de jardinera, alberca, limpieza, fumigación, áreas comunes etc..

Un abogado en Derecho inmobiliario te ayudara en la adquisición de tu departamento  sin preocupaciones, desde el momento de la adquisición, hasta la posesión del inmueble.

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It is important that a real estate lawyer advise you in order to determine whether the condominium in which you plan to invest your assets is in good standing in terms of debts, maintenance fees, that its meetings are properly minuted, that maintenance fees are applied to the projects and needs of the condominium to cover maintenance of gardens, swimming pools, cleaning, fumigation, common areas, etc.

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LA DESARROLLADORA O LA CONSTRUCTORA INCUMPLIO EN DARTE TUS ESCRITURAS Y YA LLEVAS TIEMPO SOLICITANDOLAS  Y NO TE DAN RESPUESTA ?

Si te encuentras en este supuesto de que ya liquidaste tu condominio y la constructora o desarrolladora NO te ha entregado las escrituras de tu condominio y solo tienes  la posesión del inmueble, legalmente NO  es tuyo,  aunque solo tengas un contrato de compra venta.

Primero.- Si das en Renta la propiedad   sin escrituras NO tienes forma de acreditar la propiedad y si la persona que te rento la propiedad NO se quiere salir del bien inmueble, cuando procedas ante las autoridades te van a solicitar que acredites la propiedad y si no tienes las escrituras será muy difícil que saques a los inquilinos problemáticos.

Es importante que te acerques con un abogado en Derecho Inmobiliario para poder determinar,   que procesos legales son los mas adecuados  para poder solicitar tus escrituras .

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Que es una asamblea en un Condominio.

Es la reunión de Propietarios que se lleva a cabo por lo menos una vez al mes como lo menciona la ley dentro de un condominio regulado por su Régimen en Condominio.

La asamblea que son todos los propietarios ahi reunidos, son el organo supremo que decide en votaciones y decisiones lo que se acuerde para beneficio del condominio y es importante que esten asesorados en cada reunión  por un Abogado especialista en derecho inmobiliario y en  condominios para que pueda llevarlos de la mano en decisiones que puedan tomar   y NO ser afectados en sus votaciones legalmente .

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SI UN PROPIETARIO NO PAGA CUOTAS DE MANTENIMIENTO Y ES CONFLICTIVO QUE HACEMOS?

Si en tu condominio exite un propietario que vive ahi y no esta cumpliendo con el reglamento interno es importante que la administración y la mesa directiva conformada por el presidente, tesorero y secretario lleven a cabo una asamblea extraordinaria, esta puede ser en cualquier momento que se requiera durante el año. 

En dicha asamblea extraordinaria entre otras cosas, se tendrá que llevar a cabo las votaciones y acuerdos que dicta su reglamento interno avalado  por el código civil del estado de Jalisco o del Estado donde se encuentre la propiedad y se lleve a cabo la votación requerida para poder:

1.- SOLICITAR POR MEDIO DE UN JUEZ SE OBLIGUE AL PROPIETARIO A LA VENTA DE SUS DERECHOS.  ES DECIR,  LA VENTA DE SU PROPIEDAD.

Es importante que este proceso tan delicado se contrate a un Abogado especialista en el Derecho Inmobiliario para que los asesore en el proceso legal jurídico sobre esta petición.

Ya que se le solicitará al juez por medio de una demanda, que el propietario no cumple con los acuerdos, ni pagos de cuotas de mantenimiento como lo estipula el régimen en condominio.

 

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